JurídicoESEN
Order (Auto)September 30, 2021

A- de 2021

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Procuradora General De La Nacion Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

3 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En el presente proceso los actores los pretenden que la Corte determine si el período de 3 años debe contarse en días calendario y de manera sucesiva a partir de la fecha en que la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (CEV) empezó a funcionar, o si, de dicho término deben descontarse aquellos meses durante los cuales, no pudo cumplir adecuadamente sus funciones —en particular, en las tareas de las misiones territoriales y de las Casas de la Verdad— debido al impacto de la pandemia generada por la Covid-19.

Los demandantes le solicitaron a la Corporación darle al presente asunto el trámite de urgencia nacional, petición fue coadyuvada por ocho de los intervinientes y por la Procuradora General la Nación.

Dos de las razones que soportan el anterior requerimiento son: 1º.

La necesidad de que la decisión se tome antes del vencimiento del plazo de tres años previsto en las disposiciones acusadas, lo cual ocurrirá el 28 de noviembre de 2021 y, 2º.

La importancia que representa dotar de certeza a la, a las víctimas de conflicto armado y a la sociedad sobre el tiempo con el que esta cuenta para culminar con sus labores.

La Sala Plena constató que en este caso se reúnen las condiciones que justifican dar a un expediente el trámite de urgencia nacional previsto en los artículos 9 del Decreto 2067 de 1991, 42 del Reglamento de la Corte Constitucional, y 63A de la Ley Estatutaria 270 de 1996.

En particular, concluyó que este caso (i) debe ser gestionado y decidido con premura pues el término de operación de la CEV que ha sido demandado fenecerá el próximo 28 de noviembre de 2021, de forma que un pronunciamiento posterior a esa fecha carecería de objeto; (ii) se trata de un asunto de interés nacional; y (iii) involucra la garantía del derecho fundamental de las víctimas a la verdad, y cumplimiento de deberes estatales relativos al esclarecimiento de graves violaciones a los DDHH y el DIH.

Con base en lo anterior, aceptó la solicitud formulada y dispuso que la incorporación de este asunto en el Plan de Trabajo de la Sala Plena se sujete a lo previsto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. ACEPTAR la solicitud de tramite de urgencia nacional que en el asunto de la referencia fue presentada por la Senora Procuradora General de la Nacion, y los demandantes Edgar Enrique Bermudez de Avila, Gloria Elcy Ramirez Arias, Claudia Patricia Aristizabal Mira, Delia Caicedo Alvarez, Julio Cesar Garcia Montes, Josefina Perdomo Rivera, Juliana Bustamante Reyes, Maria Alejandra Diaz Salgar y Diana Esther Guzman, y coadyuvada por Federico Isaza Piedrahita, Natalia Andrea Herrera Galvez, Maria de la Paz Bejarano, Nicolas Rojas Bernal, Myriam Lorena Cabrera; Alberto Gordon May, en su condicion de presidente de Raizal Council; Eduardo Cifuentes Munoz, en su condicion de presidente de la Jurisdiccion Especial para la Paz; los representantes del Movimiento Nacional de Victimas de crimenes de Estado, del Colectivo de Abogados Jose Alvear Restrepo Cajar, del Comite de Solidaridad con los Presos Politicos, de la Coordinacion Colombia- Europa- Estados Unidos y la Corporacion Juridica Libertad; Ivan Cepeda; Rodrigo Uprimmy; los miembros de la Ruta de Cimarronaje en el Caribe colombiano; y Camila Gamboa Tapias y Laly Catalina Peralta, en su condicion de profesoras de carrera de la Universidad del Rosario.
  2. En consecuencia, la incorporacion de este asunto en el Plan de Trabajo de la Sala Plena se sujetara a lo previsto en el articulo 42 del Reglamento de la Corte Constitucional.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.